¿Qué conductas se consideran violencia en el trabajo ejercida por terceros?

  • Gritos o amenazas.
  • Uso de garabatos o palabras ofensivas.
  • Golpes, zamarreos, puñetazos, patadas o bofetadas.
  • Difusión de información personal a través de propaganda, panfletos o rayados en dependencias del puesto de trabajo.
  • Conductas que amenacen o resulten en lesiones físicas, daños materiales en los entornos laborales utilizados por las personas trabajadoras.