“Creemos firmemente que una universidad comprometida con la excelencia también debe estar comprometida con el bienestar de las personas. En VICAVIGED trabajamos escuchando activamente y construyendo en conjunto. Porque la equidad no se decreta, se construye día a día, con decisiones concretas que transforman realidades.”
Leticia Araya Ramírez,
Vicerrectora de Calidad de Vida, Género, Equidad y Diversidad
En la Universidad de Santiago de Chile sabemos que las tareas de cuidado son parte esencial de la vida y que conciliarlas con las responsabilidades laborales no siempre es fácil. Por eso, y en coherencia con nuestro compromiso institucional con la corresponsabilidad, el bienestar y el respeto por la vida familiar, hemos impulsado —de forma excepcional y transitoria— la posibilidad de que funcionarias y funcionarios no académicos puedan acceder a modalidad de teletrabajo transitorio para atender a hijos o hijas menores de 12 años, cuando éstos enfrenten una enfermedad respiratoria aguda durante los meses más duros del invierno.
Este mecanismo permite hasta 10 días hábiles de teletrabajo, exclusivamente entre el 1 de julio y el 30 de agosto de 2025, periodo en el que se concentran patologías como influenza, neumonía u otras enfermedades respiratorias agudas que requieren reposo domiciliario o, incluso, hospitalización.
¿En qué consiste esta medida?
Es una modalidad excepcional que permite al funcionariado no académico acceder hasta 10 días hábiles de teletrabajo durante el invierno 2025, específicamente entre el 1 de julio y el 30 de agosto.
Este apoyo busca facilitar el cuidado de hijos o hijas menores de 12 años que enfrenten enfermedades respiratorias agudas, como influenza o neumonía, y que requieran reposo en casa o incluso hospitalización.
¿Quiénes pueden acceder?
Podrán acceder a este beneficio funcionarias y funcionarios no académicos cuyo puesto de trabajo sea compatible con la modalidad de teletrabajo, según la Resolución Exenta N° 10.076/2023, y que acrediten el cuidado personal de un niño o niña que cumpla con los requisitos médicos y etarios establecidos.
Documentos requeridos:
- Certificado de nacimiento del hijo o hija.
- Documento que acredite el cuidado personal (sentencia judicial o certificado de carga familiar o declaración jurada simple).
- Certificado médico firmado por profesional habilitado, que indique el diagnóstico y los días de reposo.
- Convenio Digital de Teletrabajo Transitorio completado por la persona interesada y autorizado por su jefatura directa.
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Consideraciones importantes:
- La persona interesada debe informar a su jefatura directa anticipadamente o, a más tardar, el mismo día de la primera ausencia por enfermedad del hijo o hija.
- La persona interesada dispone de un plazo de dos días hábiles desde el inicio de la ausencia para enviar todos los documentos mediante la plataforma habilitada por VICAVIGED.
- La persona interesada durante el período de teletrabajo se debe marcar asistencia virtual a través de la aplicación SmarTime y cumplir con la jornada laboral desde el hogar o el lugar donde el hijo o hija esté recibiendo cuidados.
- El beneficio no podrá ser utilizado simultáneamente por ambos progenitores, si ambos trabajan en la Universidad como personal no académico.
Para más detalles sobre este beneficio, los documentos requeridos y cómo acceder a la plataforma de postulación, te invitamos a revisar la información disponible en esta misma página o escribirnos directamente a: vicaviged@usach.cl
En la USACH seguimos construyendo comunidad, con medidas que reconocen las distintas realidades de quienes día a día hacen Universidad.
INGRESA A LA PLATAFORMA DE SOLICITUD AQUÍ (Disponible a partir del 1 de julio de 2025)
PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿Quién puede acceder al teletrabajo transitorio por enfermedad de un hijo o hija?
Funcionarias o funcionarios del Personal No Académico que tengan bajo su cuidado uno o más hijos o hijas entre 1 y 12 años, siempre que uno de ellos haya sido diagnosticado con alguna enfermedad aguda que requiere reposo domiciliario u hospitalización.
2. ¿Durante qué período se puede solicitar este teletrabajo transitorio?
Esta modalidad está disponible de forma excepcional y temporal entre el 1 de julio y el 30 de agosto de 2025, ambos días inclusive.
3. ¿Cuántos días puedo solicitar para trabajar en esta modalidad?
Puede solicitar lo indicado en el certificado médico hasta un máximo de diez (10) días hábiles administrativos durante el período señalado. Este límite es acumulativo, independientemente de la cantidad de veces que se solicite, es decir, no puede sumar más de 10 días en total.
4. ¿Qué requisitos debe cumplir mi puesto de trabajo para poder teletrabajar transitoriamente?
Su puesto y las funciones deben ser compatibles con el teletrabajo, conforme a lo establecido en la Resolución Exenta N° 10.076 del 5 de diciembre de 2023. La compatibilidad será evaluada por su jefatura y el Departamento de Desarrollo de Personas.
5. ¿Qué documentos necesito para solicitar el teletrabajo transitorio?
Deberá enviar:
- Certificado de nacimiento del hijo o hija.
- Documento que acredite el cuidado personal (sentencia judicial, certificado de carga familiar o declaración jurada simple).
- Certificado médico emitido por un profesional habilitado, con diagnóstico, días de reposo y nombre del menor.
Además, debe completar el Convenio Digital de Teletrabajo Transitorio firmado por usted y autorizado por su jefatura directa.
6. ¿Cómo y dónde debo enviar mi solicitud y documentos?
Debe completar el Convenio Digital de Teletrabajo Transitorio y adjuntar la documentación requerida, accediendo aquí.
7. ¿Puede más de un progenitor o tutor legal solicitar este beneficio al mismo tiempo?
No. Solo uno de los padres o tutores que trabajen en la Universidad puede solicitar y usar esta modalidad en el mismo período para el cuidado del menor.
8. ¿Quién revisa y valida la información que entrego?
La jefatura directa revisará la documentación y la compatibilidad del puesto con la modalidad de teletrabajo. El Departamento de Promoción Integral de la Salud validará el certificado médico. El Departamento de Desarrollo de Personas verificará la compatibilidad del puesto del o la solicitante con el teletrabajo, según la REX 10.076. En tanto, la Sección de Registro y Control de Asistencia supervisará el correcto uso del marcaje virtual.
En caso de problemas o dudas respecto del uso de la aplicación móvil SmarTime, escriba al correo control.asistencia@usach.cl
Ante cualquier duda sobre la tramitación de la solicitud de teletrabajo transitorio y los requisitos puede escribir al correo vicaviged@usach.cl
INGRESA AQUÍ PARA COMPLETAR EL CONVENIO DIGITAL DE TELETRABAJO TRANSITORIO (Disponible entre el 1 de julio y 30 de agosto de 2025)
DESCARGA AQUÍ LA RESOLUCIÓN PARA EL PERÍODO TRANSITORIO DE TELETRABAJO EXCEPCIONAL